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            Industria Conectada 4.0 2019, apoyo a la I+D+i

            29 . 03 . 2019

            APOYO A LA INNOVACIÓN (APOYO I+D+i)

            Plazo de presentación

            Hasta el 8 de mayo de 2019

            Tipo de ayuda

            Préstamos en régimen de concurrencia competitiva.

            Organismo

            Objeto

            Desarrollo de proyectos de investigación industrial y proyectos de desarrollo experimental, así como proyectos de innovación en materia de organización y procesos, enmarcados en las Áreas Estratégicas de la Industria Conectada 4.0 y tendentes al cumplimiento de los objetivos de la misma.

            Beneficiarios

            Sociedades que no formen parte del sector público, que vengan desarrollando una actividad industrial productiva durante un periodo de al menos tres años contados hasta la fecha de fin de plazo de solicitud, y que cumplan todas las condiciones establecidas en el artículo 5 de la Orden EIC/742/2017, de 28 de julio.

            Tipos de proyectos

            Podrán ser objeto de ayuda los proyectos de investigación industrial y los proyectos de desarrollo experimental, así como los proyectos de innovación en materia de organización y procesos.

            Conceptos subvencionables

            a) Costes de personal.

            b) Costes de instrumental y material inventariable, en la medida y durante el período en que se utilice para el proyecto.

            c) Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia.

            d)  Gastos generales suplementarios. Gastos destinados a la protección mediante propiedad industrial e intelectual de los activos intangibles obtenidos durante el desarrollo del proyecto: patentes, modelos de utilidad, diseño industrial, marcas u otras figuras; costes de material, suministros y productos similares que se deriven directamente de la actividad del proyecto.

            Plazo realización actuaciones

            Las actuaciones financiadas deberán ejecutarse desde el día siguiente a la presentación de la solicitud hasta un plazo máximo de dieciocho meses contados desde la fecha de resolución de la concesión.

            Financiación

            Préstamos reembolsable, sin intereses, de hasta el 80% de la inversión financiable con un plazo de amortización total de 10 años y 3 años de carencia.

            Para el importe del préstamos se tendrán en cuenta los siguientes límites:

            i) La financiación pública total de la inversión, computada como suma de los
            recursos públicos concedidos por cualquier Administración y/o ente público, no podrá exceder del 80 por ciento sobre el total del presupuesto del proyecto de inversión que haya sido considerado financiable.

            ii) El importe del préstamo a conceder no podrá superar en cinco veces los fondos propios del solicitante.

            iii) Se aplican los siguientes límites máximos a la cuantía de los préstamos concedidos:

            iii.1) Para los proyectos de investigación industrial, 10.000.000 euros por empresa y proyecto.
            iii.2) Para los proyectos de desarrollo experimental, 7.500.000 euros por empresa y proyecto.
            iii.3) Para los proyectos de innovación en materia de organización y procesos, 5.000.000 euros por empresa y proyecto.
            iii.4) Por empresa 10.000.000 euros por el total de los proyectos en los que resulte beneficiaria en la misma convocatoria, respetando los límites anteriores.

            iv. Según los tipos de proyectos, las intensidades brutas máximas serán las siguientes:

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            Incompatibilidades

            Estas ayudas son compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales salvo que la aportación de la Comunidad Autónoma provenga de subvenciones, ayudas, ingresos o recursos de la propia Unión Europea, en cuyo caso serán incompatibles con ayudas de esa misma procedencia.

            Publicación

            Boletín Oficial del estado jueves 4 de abril de 2019 Nº81

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