Hasta el 30 de septiembre de 2020. Ayuda en régimen de concurrencia competitiva.
AYUDAS AL DESARROLLO DE LA OFERTA TECNOLÓGICA BASADA EN INTELIGENCIA ARTIFICIAL Y OTRAS TECNOLOGÍAS HABILITADORAS DIGITALES
Plazo de presentación
Organismo

Objeto
Los proyectos subvencionables deberán consistir en el desarrollo de la oferta de alguna de las tecnologías que permitan el desarrollo de contenidos digitales en alguno de los ámbitos establecidos:
A) Programa de ayudas al desarrollo de la oferta tecnológica basada en tecnologías habilitadoras digitales) . Por tecnologías habilitadoras digitales se entenderán tecnologías tales como: internet de las Cosas (IoT); tecnologías 5G; tecnologías de procesamiento masivo de datos e información (Open/Linked/Big Data); computación de alto rendimiento (high performance computing); computación en la nube; procesamiento de lenguaje natural; ciberseguridad; biometría e identidad digital; Blockchain (Cadena de Bloques); robótica; inteligencia artificial (machine learning, deep learning, neural networks); realidad virtual y aumentada; efectos especiales y simulación; micro/nanoelectrónica; Impresión 3D Fabricación aditiva.
B) Programa de ayudas al desarrollo innovador de contenidos digitales. Por contenidos digitales se entenderán: puesta a disposición de datos de forma masiva y en formatos reutilizables, videojuegos, animación digital, música, cine y vídeo, contenidos audiovisuales, publicaciones digitales, publicidad digital, redes sociales y aplicaciones móviles.
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios las empresas que cumplan con los siguientes requisitos:
- Que su domicilio fiscal esté ubicado en territorio español, o disponga de una residencia fiscal o un establecimiento permanente en territorio español.
- No estar incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- No tratarse de una empresa de naturaleza pública, entidad de derecho público, entidad sin ánimo de lucro, ni estar participada mayoritariamente por éstas, ni tratarse de empresas, de cualquier tipo, que tengan por actividad la gestión de un servicio público.
- No tratarse de agrupaciones de personas físicas o jurídicas, asociaciones o fundaciones.
- No tratarse de sociedades civiles, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que carezca de personalidad jurídica.
- No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
- No tener la consideración de empresa en crisis.
Cuantía
Para proyectos del programa de ayudas al desarrollo de la oferta tecnológica basada en tecnologías habilitadoras digitales :
a) El presupuesto mínimo del proyecto será de 150.000€ y el máximo de 3.000.000€.
b) La intensidad de la ayuda máxima será la siguiente:
- Pequeñas empresas cuarenta y cinco por ciento (45%).
- Medianas empresas treinta y cinco por ciento (35%).
- Empresas no PYME veinticinco por ciento (25%).
Para proyectos del programa de ayudas al desarrollo innovador de contenidos digitales:
a) El importe mínimo del proyecto será de 150.000€ y el máximo de 2.000.000€.
b) La intensidad de la ayuda máxima será la siguiente:
- Pequeñas empresas cuarenta y cinco por ciento (45%).
- Medianas empresas treinta y cinco por ciento (35%).
- Empresas no PYME veinticinco por ciento (25%).
Para los usuarios que lo soliciten se realizara un pago anticipado del 40% del total de la ayuda conseguida. También podrán optar a obtener financiación del 100% del importe de los proyectos o actuaciones subvencionables a través del Instituto de Crédito oficial.
Las ayudas previstas en esta orden son incompatibles con la percepción de otras subvenciones o ayudas, para el mismo gasto subvencionable procedentes de cualquier Administración o entes públicos.
Criterios de evaluación
La puntuación máxima de cada uno de los criterios y los umbrales mínimos son los siguientes:
- Tecnología e innovación. Puntuación máxima 46 puntos. Puntuación mínima 23 puntos.
- Viabilidad económica y explotación de resultados. Puntuación máxima 38 puntos. Puntuación mínima 19 puntos.
- Impacto socioeconómico. Puntuación máxima 16 puntos.
Aquí dispone de un catálogo con ayudas y subvenciones a la innovación tecnológica en Galicia 2020.