Desde el 16 de enero al 16 de febrero de 2026
Desde el 16 de enero al 16 de febrero de 2026
En concurrencia no competitiva. Régimen de minimis.

Apoyo para el impulso de la innovación y sostenibilidad del comercio local y artesanal
Podrán ser beneficiarios, sin perjuicio de reunir los demás requisitos establecidos, las personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica, legalmente constituidas. Hay diferentes requisitos para cada tipo de beneficiario.
1) COMERCIANTES MINORISTAS
Si el IAE principal de la empresa es alguno de los siguientes, podrá ser beneficiaria de la ayuda siempre que este dada de alta también en alguno de los IAE anteriores.
En el supuesto de que en un mismo establecimiento comercial se realicen actividades comerciales subvencionables con otras actividades comerciales o servicios no subvencionables, el solicitante deberá acreditar fidedignamente que la actividad principal está incluida en los epígrafes del IAE subvencionables. En todo caso, la actividad principal del establecimiento deberá realizarse de forma notoria e inequívoca.
2) TALLERES ARTESANOS
Que estén inscritos en el Registro General de Artesanía de Galicia. En caso de nuevos talleres, podrán solicitar la inscripción en dicho registro hasta el último día del plazo establecido para la presentación de solicitudes.
Las actuaciones subvencionables tienen de plazo para su desarrollo desde el 25 de octubre de 2025 hasta el 13 de noviembre de 2026. Las actuaciones subvencionables para comercios minoristas:
1. Línea de digitalización comercial e innovación comercial.
El porcentaje de la subvención será el 80 % de las siguientes inversiones máximas subvencionables (IVA excluido):
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Actuación subvencionable |
Inversión máxima subvencionable |
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Implantación o mantenimiento de página web con o sin venta en línea |
1.200,00 € |
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Sistema TPV, impresora de tiques, cajón portamonedas, lector de código de barras, impresora de etiquetas/código de barras y báscula digital |
1.200,00 € |
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Software de gestión adaptado a la actividad comercial desarrollada |
5.000,00 € |
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Herramientas de posicionamiento digital (SEO, SEM, ADS) |
2.500,00 € |
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Gestor de redes sociales e imagen digital |
2.000,00 € |
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Etiquetado electrónico para lineales de venta |
2.500,00 € |
| Sistemas de click and collect |
2.500,00 € |
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Soluciones de ciberseguridad |
2.000,00 € |
| Asistentes virtuales y sistemas digitales interactivos (chatbots) |
1.000,00 € |
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Aplicaciones para dispositivos móviles (m-commerce) y aplicaciones de realidad virtual y aumentada |
2.500,00 € |
| Pantallas y escaparates virtuales con o sin interacción con la clientela |
5.000,00 € |
| Memoria-proyecto de digitalización elaborado por la persona ingeniera informática colegiada |
2.000,00 € |
2. Línea de modernización comercial
El porcentaje de la subvención será el 80 % de las siguientes inversiones máximas subvencionables (IVA excluido):
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Actuación subvencionable |
Inversión máxima subvencionable |
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Obras de acondicionamiento y reforma de la superficie de exposición y venta del establecimiento comercial, adquisición de mobiliario auxiliar destinado a la mejora de la imagen comercial y adquisición de mobiliario expositivo de productos |
5.250,00 € |
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Servicios profesionales de elaboración y redacción del proyecto de interiorismo y decoración |
2.000,00 € |
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Puertas automáticas con sensores de proximidad |
2.000,00 € |
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Sistemas de iluminación energéticamente eficientes y sensores de presencia para la regulación automática de luces |
2.000,00 € |
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Sistemas de climatización, calefacción y ventilación energéticamente eficientes |
4.000,00 € |
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Actuaciones de mejora de la fachada y aislamiento térmico y acústico y colocación de toldos y rótulos del establecimiento comercial |
2.000,00 € |
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Adquisición de equipamientos propios de la actividad comercial y artesanal |
5.000,00 € |
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Aparatos e de aromatización e hilo musical |
1.000,00 € |
3. Línea de sostenibilidad ambiental
Se considerarán subvencionables las siguientes actuaciones dirigidas a la reducción de las cantidades de embalaje mediante la adaptación de su tamaño y forma a la dimensión y formato de los productos:
El porcentaje de la subvención será el 80 % de la inversión máxima subvencionable de 2.500,00 €
Páginas web:
Página web con venta en línea:
Independientemente de que tengan o no tienda en línea, todas las páginas web deberán cumplir con todas las especificaciones legales tanto de protección de datos, sociedad de la información. comercio electrónico y disponer de cuantos avisos obligue la legalidad vigente.
Gestor de redes sociales: