DESARROLLO DE ENERGÍAS RENOVABLES, AUTOCONSUMO Y ALMACENAMIENTO ELÉCTRICO EN EL SECTOR SERVICIOS Y EN OTROS SECTORES PRODUCTIVOS.
Plazo de presentación
Hasta el 31 de diciembre de 2023.
Tipo de ayuda
Subvención en régimen de concurrencia no competitiva. ORDEN DE ENTRADA
Organismo

Objeto
Ayudas correspondiente a las anualidades 2021-2023, para los programas 1, 2 y 3 de incentivos de autoconsumo y almacenamiento.
- Programa de incentivos 1: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en el sector servicios, con o sin almacenamiento.
- Programa de incentivos 2: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en otros sectores productivos, con o sin almacenamiento.
- Programa de incentivos 3: Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector servicios y en otros sectores productivos.
Beneficiarias
Podrán optar a esta subvención las personas jurídicas y agrupaciones de empresas o de personas físicas, con o sin personalidad jurídica, que realicen una actividad económica.
- Programa de incentivos 1: Son beneficiarias las empresas que se incluyan en los siguientes grupos:
- G: Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos de motor y motocicletas.
- H: Transporte y almacenamiento.
- I: Hostelería
- J: Información y comunicaciones.
- K: Actividades financieras y de seguros
- L: Actividades inmobiliarias
- M: Actividades profesionales, científicas y técnicas
- N: Actividades administrativas y servicios auxiliares
- P: Educación
- Q: Actividades sanitarias y de servicios sociales
- R: Actividades artísticas, recreativas y de entretenimiento
- S: Otros servicios
- Programa de incentivos 2: Son beneficiarias las empresas que se incluyan en los siguientes grupos:
- A01: Agricultura, Ganadería, Silvicultura y Pesca excepto el grupo A017 (Caza).
- B: Industrias extractivas
- C: Industria Manufacturera
- D: Suministro de energía eléctrica, gas, vapor y aire acondicionado
- E: Suministro de agua, actividades de saneamiento, gestión de residuos y descontaminación
- F: Construcción.
Proyectos subvencionables
Proyectos subvencionables:
- Programa de incentivos 1 y 2 Instalaciones de fotovoltaica y/o eólica para autoconsumo, con o sin almacenamiento. Se subvencionará la instalación de los primeros 5 MW de potencia de la instalación.
- Programa de incentivos 3 Incorporación de almacenamiento en instalaciones de fotovoltaica y/o eólica existentes.
- Las instalaciones de almacenamiento no pueden estar conectadas directamente a la red, deben tener una ratio de capacidad / potencia generada menor a 5 kWh/kW. Las tecnologías plomo-ácido no serán elegibles.
Todas las instalaciones deberán contar con un sistema de monitorización de la energía eléctrica producida por la instalación objeto de subvención.
Cuantía


Otras líneas
Otras líneas donde pueden entrar autónomos, de uso residencial:
- Programa de incentivos 4: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable en el sector residencial.
- Programa de incentivos 5: Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector residencial.
- Programa de incentivos 6: Realización de instalaciones de energías renovables térmicas en el sector residencial.