APOYO A LA INVERSIÓN EN BIENES INVENTARIABLES.
Plazo de presentación
Del 31 de enero al 10 de marzo de 2023.
Tipo de ayuda
Subvención en régimen de concurrencia competitiva. Ayuda en régimen de minimis.
Organismo

Objeto
La finalidad de estas ayudas es contribuir a la consolidación y al fortalecimiento del tejido empresarial en los ayuntamientos de la provincia de A Coruña a través del apoyo a la inversión en bienes inventariables de pequeñas, medianas empresas, microempresas y personas autónomas en cualquiera de las modalidades jurídicas existentes.
Conceptos subvencionables
Los bienes inventariables que serán subvencionables son los siguientes:
- Aplicaciones informáticas: Se considerará exclusivamente el importe satisfecho por la propiedad o por el derecho al uso de programas informáticos adquiridos a terceros. Quedan excluidos expresamente: Páginas web, hosting, dominios, mantenimientos de la aplicación informática, cánones...
- Maquinaria: se considerará maquinaria a un conjunto de máquinas o bienes de equipo mediante los cuales se realiza la extracción, elaboración de los productos o prestación de servicios. En esta cuenta figurarán todos aquellos elementos de transporte interno que se destinen al traslado de personal, animales, materiales y mercancías dentro de factorías, talleres, etc.
- Mobiliario: se considera mobiliario a los muebles, material y equipos de oficina, con la excepción de los que deban figurar en la cuenta 217. Quedan excluidos expresamente: obras, reparaciones, instalaciones, artículos de decoración, televisores, alumbrado, aparatos de climatización...
- Equipo para procesos de información: ordenadores y demás conjuntos electrónicos. Quedan excluidos expresamente: los sistemas de seguridad, telefonía, teléfonos móviles, routers, instalaciones telefónicas... Máximo de 2.000 € por ordenador y 500 € por tablet.
Beneficiarios
Los destinatarios de estas ayudas son pequeñas, medianas empresas, microempresas y personas autónomas. Promotoras de iniciativas empresariales en el ámbito provincial de A Coruña, que con anterioridad a la fecha de publicación de la convocatoria de estas ayudas, reúnan los siguientes requisitos:
- Tener el domicilio fiscal en algún municipio de la provincia de A Coruña.
- Tener actividad económica con ánimo de lucro.
- Estar dado de alta en el Régimen del RETA o en el Registro Mercantil.
- Tener una antigüedad máxima de 5 años de ejercicio continuado en la actividad empresarial para la que solicita la ayuda.
Cuantía
El máximo de la ayuda será de 17.500 €. Sera subvencionable el 70 % de la inversión. La inversión mínima por proyecto debe ser de 3.500 €.
Plazo de ejecución
Las actividades para desarrollar al amparo de esta convocatoria, deberán ser realizadas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2023.
Criterios de valoración
CRITERIOS DE VALORACIÓN GENERALES | ||
EN QUE CONSISTEN | ASPECTOS A VALORAR | PUNTUACIÓN MÁXIMA (50 PUNTOS) |
Población del municipio en el que se encuentre el domicilio fiscal de la empresa | Menor o igual a 2.000 habitantes | 10 |
De 2.001 a 4.000 habitantes | 7 | |
De 4.001 a 5.000 habitantes | 4 | |
De 5.001 a 10.000 habitantes | 2 | |
De 10.001 a 19.999 habitantes | 1 | |
Actividad económica del solicitante | Solicitantes con actividades económicas especialmente afectadas por la pandemia COVID 19: - Comercio, restauración y hospedaje. - Servicios recreativos, culturales y espectáculos. -Sanidad. - Actividades artísticas. - Deporte. - Transporte de viajeros, marítimo y aéreo. - Agencias de viajes y turismo. - Alquiler de automóviles sin conductor. - Servicios textiles y fotográficos. - Peluquerías y salones de belleza. |
5 |
Solicitantes de sectores estratégicos, emergentes e de alto potencial de Galicia: - Servicios agrícolas, ganaderos, forestales y pesqueros. - Construcción de vehículos automóviles. - Otras producciones de energía. - Construcción naval, reparación y mantenimiento de buques. - Telecomunicaciones y actividades informáticas - Industria textil. - Artes gráficas y editoriales. - Industria de productos alimenticios y bebidas. - Investigación. |
3 | |
Tipo de empresa | Empresario individual o autónomo. | 10 |
Microempresa (0 a 10 trabajadores) | 8 | |
Pequeña empresa (de 11 a 50 trabajadores) | 5 | |
Mediana empresa (de 51 a 250 trabajadores) | 3 | |
Forma jurídica de la empresa enmarcada en la economía social | Cooperativa.
Sociedades laborales. |
5 |
Presencia femenina de los promotores | Un mínimo del 50 % capital social pertenece a mujeres. | 5 |
Presencia de personas con diversidad funcional | Un mínimo del 50 % capital pertenece a personas con una discapacidad igual o superior al 33 % o están en riesgo de exclusión social. | 5 |
Uso de la lengua gallega | Empleo de la lengua gallega en la realización de las actividades o conductas para las que se solicita la ayuda | 2 |
Gestión empresarial sostenible | Responsabilidad Social Empresarial. Adaptación de la actividad empresarial Creación líneas derivadas del COVID - 19 Innovación Empresarial. |
5 |
CRITERIOS ESPECIFICOS DE PEL EMPRENDE INVERSIONES LINEA 2.1 | ||
EN QUE CONSISTE | ASPECTOS A VALORAR | PUNTUACIÓN |
No haber sido beneficiario en la convocatoria PEL Emprende Inversión 2020 | El solicitante no fue beneficiario/la de esta ayuda en la convocatoria PEL Emprende Inversión 2020. | 10 |
Compatibilidad
Las subvenciones PEL son compatibles entre sí, pero incompatibles con otras ayudas concedidas por la Deputación da Coruña. Son compatibles con subvenciones de otros organismo.