2 de Octubre de 2017
Para contrataciones realizadas entre 01/10/2016 -11/08/2017 plazo de presentación: 11/09/2017
Para contrataciones a partir del 12/08/2017 plazo de presentación: 02/10/2017
2 de Octubre de 2017
Para contrataciones realizadas entre 01/10/2016 -11/08/2017 plazo de presentación: 11/09/2017
Para contrataciones a partir del 12/08/2017 plazo de presentación: 02/10/2017
En concurrencia no competitiva (por orden de entrada). Régimen de minimis.
Apoyar los programas de incentivos a la contratación por cuenta ajena que tienen por finalidad favorecer el empleo estable y facilitar la empleabilidad y ocupabilidad de las personas trabajadoras con mayores dificultades de inserción laboral.
Programa I. Programa de incentivos a la contratación indefinida inicial (TR349A)
Programa II. Programa de incentivos a la contratación de personas desempleadas en situación o riesgo de exclusión social (TR349D)
Las personas empleadoras y las empresas, cualquiera que sea la forma jurídica que adopten, incluidas las personas autónomas, las sociedades civiles y las comunidades de bienes, aunque carezcan de personalidad jurídica, que contraten trabajadoras o trabajadores por cuenta ajena para prestar servicios en centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Galicia.
No podrán ser entidades beneficiarias de estas ayudas las administraciones públicas, las sociedades públicas ni las entidades vinculadas o dependientes de cualquiera de ellas.
Desde el 1 de octubre de 2016 hasta el 30 de septiembre de 2017, ambos inclusive.
Programa I. Programa de incentivos a la contratación indefinida inicial (TR349A)
Los incentivos previstos en este programa serán de aplicación a las contrataciones indefinidas iniciales, a tiempo completo o a tiempo parcial, incluida la modalidad de fijo discontinuo, que realicen las empresas con aquellas personas desempleadas mayores de 30 años que hayan agotado las prestaciones por desempleo.
Las contrataciones indefinidas iniciales se incentivarán con una ayuda de 8.000 euros.
Esta cuantía se incrementará en los porcentajes que se señalan a continuación, que son acumulables entre sí:
a) Un 25 % si la persona incorporada es una mujer.
b) Un 25 % si la persona incorporada tiene discapacidad o se encuentra en situación o riesgo de exclusión social.
c) Un 25 % si la persona incorporada pertenece a una unidad familiar en la que todos sus miembros estén desempleados.
d) Un 25 % en el caso de que el centro de trabajo (o domicilio fiscal, en el caso de carecer de este) esté situado en un ayuntamiento rural.
En el caso de que la empresa cuente en su plantilla en el mes da contratación por la que se solicita subvención con un mínimo del 75 % de personal indefinido, las contrataciones indefinidas iniciales se incentivarán con una ayuda de 10.000 euros.
Esta cuantía se incrementará en los porcentajes que se señalan a continuación, que son acumulables entre sí:
a) Un 25 % si la persona incorporada es una mujer.
b) Un 25 % si la persona incorporada tiene discapacidad o se encuentra en situación o riesgo de exclusión social.
c) Un 25 % si la persona incorporada pertenece a una unidad familiar en la que todos sus miembros están desempleados.
d) Un 25 % en el caso de que el centro de trabajo (o domicilio fiscal, en el caso de carecer de este) esté situado en un ayuntamiento rural.
Programa II. Programa de incentivos a la contratación de personas desempleadas en situación o riesgo de exclusión social (TR349D)
Esta cuantía se incrementará en los porcentajes que se señalan a continuación, que son acumulables entre sí:
a) Un 25 % si la persona incorporada es una mujer.
b) Un 25 % si la persona incorporada pertenece a una unidad familiar en la que todos sus miembros están desempleados.
c) Un 25 % en el caso de que el centro de trabajo (o domicilio fiscal, en el caso de carecer de este) esté situado en un ayuntamiento rural.
6 meses: 2.500 €
7 meses: 2.900 €
8 meses: 3.300 €
9 meses: 3.700 €
10 meses: 4.100 €
11 meses: 4.550 €
12 meses: 5.000 €