Desde el 7 de octubre al 7 de noviembre de 2021.
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Plazo de presentación
Tipo de ayuda
Subvención en régimen de concurrencia no competitiva. ORDEN DE ENTRADA
Ayuda en régimen minimi
Organismo

Objeto
Contribuir a la modernización y a la mejora de la competitividad de los establecimientos hosteleros mediante la realización de inversiones en equipamientos post covid.
Beneficiarias
Podrán ser personas o entidades beneficiarias las personas trabajadoras autónomas, personas físicas o con personal contratado por cuenta ajena a su cargo; las microempresas y las pymes del sector de hostelería que tengan su domicilio fiscal en Galicia.
A los efectos de estas ayudas se consideran dentro del sector de la hostelería los hoteles, hostales, casas rurales y otros tipos de alojamientos, además de restaurantes, bares y otros establecimientos de restauración.
Las entidades solicitantes deberán estar inscritas en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Xunta de Galicia (REAT).
Los datos que figuran en el REAT relativos al establecimiento, a su titularidad y la representación, tienen que coincidir con los datos aportados por la persona solicitante de la subvención. En caso de que el/la representante legal no sea el mismo que el que figura en el REAT, deberá acreditarse esta condición con la presentación de la solicitud.
Gastos subvencionables
Se consideran gastos subvencionables aquellos en los que haya incurrido la entidad solicitante entre el 1 de enero y el 30 de noviembre de 2021.
Los conceptos subvencionables serán:
- Sistemas domóticos, control de distancias, optimización de procesos, puertas y consignas automáticas, controles de acceso, renovación de aire, sistemas de climatización y softwares de control asociados.
- Sistemas de chekin-in automáticos.
- Cartelera, rotulación, señalización y actuaciones vinculadas con la misma.
- Equipamiento, directo o indirecto, que pueda servir de apoyo o difusión en el control de la pandemia (medidores de CO2, ionizadores, dispensadores, etc.).
- Reformas orientadas a la creación de espacios que sugieran mayor amplitud (colores claros, incorporación de espejos, etc.).
- Envoltorios y material de un solo uso. El total de gastos destinados a este concepto no podrá superar el 10 % de los gastos totales subvencionables.
- Procesos de desinfección y desinfección recurrente realizados por empresas externas con motivo de la COVID, que no tengan la consideración de gastos de limpieza común.
- Nuevo equipamiento de higienizado y lavado.
- Nuevo equipamiento para nuevos productos, presentaciones o métodos de conservación.
- Equipamiento multiservicio.
Cuantía
La cuantía llegará hasta los 50.000 € por solicitud con una intensidad del 90 %.
Las personas o entidades beneficiarias, una vez dictada la resolución de concesión de la subvención, podrán solicitar un anticipo de un 50 % de la subvención concedida, la concesión se realizará mediante resolución motivada.
Compatibilidad
Estas ayudas son compatibles con otras ayudas o subvenciones públicas siempre que la cuantía de las ayudas acumuladas no supere el 100 % de los costes subvencionables aprobados.
Otras subvenciones, ayudas y avales.