Primer trimestre 2025
Primer trimestre 2025
En concurrencia competitiva. Régimen de minimis.
Apoyo para la transformación digital y modernización del sector comercial y artesanal
Podrán ser beneficiarios, sin perjuicio de reunir los demás requisitos establecidos, las personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica, legalmente constituidas. Hay diferentes requisitos para cada tipo de beneficiario.
1) COMERCIANTES MINORISTAS
Si el IAE principal de la empresa es alguno de los siguientes, podrá ser beneficiaria de la ayuda siempre que este dada de alta también en alguno de los IAE anteriores.
En el supuesto de que en un mismo establecimiento comercial se realicen actividades comerciales subvencionables con otras actividades comerciales o servicios no subvencionables, el solicitante deberá acreditar fidedignamente que la actividad principal está incluida en los epígrafes del IAE subvencionables. En todo caso, la actividad principal del establecimiento deberá realizarse de forma notoria e inequívoca.
2) TALLERES ARTESANOS
Que estén inscritos en el Registro General de Artesanía de Galicia. En caso de nuevos talleres, podrán solicitar la inscripción en dicho registro hasta el último día del plazo establecido para la presentación de solicitudes.
Las actuaciones subvencionables tienen de plazo para su desarrollo desde el 1 de diciembre de 2024 hasta el 30 de septiembre de 2025. Las actuaciones subvencionables para comercios minoristas se dividen en tres líneas las cuales a su vez se dividen en varios programas:
1. Línea de digitalización comercial.
Hay dos programas diferentes en función del grado de digitalización del comercio, ambos son incompatibles y excluyentes entre sí.
a) Programa e-commerce I (comerciantes minoristas sin página web)
Dirigido a la digitalización básica del entorno comercial omnicanal. Supone obligatoriamente la realización del conjunto de las siguientes actuaciones:
b) Programa e-commerce II (comerciantes minoristas con página web, con o sin venta en línea, que tengan implantado el programa e-commerce I)
Dirigido a la digitalización avanzada del entorno comercial omnicanal a través de las siguientes actuaciones:
La ayuda será del 75 % de la inversión subvencionable. La inversión máxima subvencionable en cada actuación será la de la siguiente tabla(IVA excluido):
Programa | Actuación subvencionable | Inversión máxima subvencionable | ||
Sin empleados | De 1 a 10 empleados | De 11 a 250 empleados | ||
E-commerce I | Implantación de página web sin venta en línea | 690,00 € | 670,00 € | 680,00 € |
Hardware (sistema TPV o tableta) | 690,00 € | 1.000,00 € | 1.300,00 € | |
Software de pago adaptado a la actividad comercial desarrollada | 690,00 € | 1.000,00 € | 1.300,00 € | |
Impresora de código de barras térmica 1D/2D | 170,00 € | 170,00 € | 170,00 € | |
Herramientas de posicionamiento digital (SEO, SEM, ADS) | 1.100,00 € | 1.700,00 € | 2.600,00 € | |
Total programa e-commerce I | 3.340,00 € | 4.540,00 € | 6.050,00 € | |
E-commerce II | Implantación o mantenimiento de página web con venta en línea | 1.100,00 € | 1.100,00 € | 1.100,00 € |
Mejoras de las herramientas de posicionamiento digital (SEO, SEM, ADS) | 2.800,00 € | 4.900,00 € | 9.900,00 € | |
Logística e-commerce | 600,00 € | 900,00 € | 1.900,00 € | |
Gestor de redes sociales | 450,00 € | 900,00 € | 1.900,00 € | |
Imagen digital | 450,00 € | 900,00 € | 1.900,00 € | |
Total programa e-commerce II | 5.400,00 € | 8.700,00 € | 16.700,00 € |
2. Línea de innovación comercial.
a) Programa smart retail (comerciantes minoristas que tengan implantado el programa e-commerce I y, en su caso, página web con venta en línea):
Dirigido a la transformación digital del punto de venta y modelo de negocio, a través de las siguientes actuaciones:
b) Programa visual merchandising (comerciantes minoristas que tengan implantado el programa e-commerce I):
Dirigido a la mejora de la experiencia de compra, a través de las siguientes actuaciones:
En todo caso, las actuaciones comprendidas en el programa visual merchandising deberán situarse en el punto de venta e incluir el software para la programación y emisión de contenidos digitales. Se considerarán subvencionables los gastos relativos a la elaboración de estos contenidos.
La ayuda será del 75 % de la inversión subvencionable. La inversión máxima subvencionable en cada actuación será la de la siguiente tabla (IVA excluido):
Programa | Actuación subvencionable | Inversión máxima subvencionable | ||
Sin empleados | De 1 a 10 empleados | De 11 a 250 empleados | ||
Smart retail | Etiquetado electrónico para lineales de venta | 2.000,00 € | 5.100,00 € | 6.000,00 € |
Sistemas de click and collect y lockers digitales | 3.000,00 € | 4.250,00 € | 5.000,00 € | |
Terminales de autopago para la clientela (self check out) | 3.600,00 € | 4.250,00 € | 5.000,00 € | |
Tecnología de control de stocks y tecnología RFID | 7.000,00 € | 8.500,00 € | 10.000,00 € | |
Software para la gestión logística del e-commerce | 1.400,00 € | 1.700,00 € | 2.000,00 € | |
Soluciones de ciberseguridad | 1.400,00 € | 1.700,00 € | 2.000,00 € | |
Asistentes virtuales y sistemas digitales interactivos (chatbots) | 700,00 € | 850,00 € | 1.000,00 € | |
Aplicaciones para dispositivos móviles (m-commerce) | 1.200,00 € | 2.550,00 € | 3.000,00 € | |
Aplicaciones de realidad virtual y aumentada | 1.200,00 € | 2.550,00 € | 3.000,00 € | |
Total programa Smart Retail | 21.500,00 € | 31.450,00 € | 37.000,00 € | |
Visual merchandising | Escaparates virtuales con o sin interacción con la clientela | 6.100,00 € | 7.200,00 € | 8.500,00 € |
Pantallas y tótems publicitarios con o sin interacción con la clientela | 3.500,00 € | 4.200,00 € | 5.000,00 € | |
Total programa Visual mechandising | 9.600,00 € | 11.400,00 € | 13.500,00 € |
3. Línea de modernización comercial
a) Programa eficiencia:
Dirigido a la mejora de la eficiencia energética del local y de los recursos, a través de las siguientes actuaciones:
b) Programa reforma:
Dirigido a la mejora de la imagen del local, a través de las siguientes actuaciones:
c) Programa equipamiento:
Adquisición, en régimen de propiedad, de equipamientos propios de la actividad comercial que deberán ser, en todo caso, de primer uso; en concreto, maquinaria, herramientas o equipamiento auxiliar, de fabricación externa cualificada, directamente relacionada con la actividad comercial o artesanal, así como otra maquinaria, herramientas o equipamiento auxiliar, de fabricación externa cualificada, directamente relacionada con la actividad comercial, que mejoren el diseño y la calidad del producto final.
La ayuda será del 60 % de la inversión subvencionable. La inversión máxima subvencionable en cada actuación será la de la siguiente tabla (IVA excluido):
Programa | Actuación subvencionable | Inversión máxima subvencionable | ||
Hasta 100 m2 de superficie de exposición y venta | De 101 a 200 m2 de superficie de exposición y venta | De 201 a 300 m2 de superficie de exposición y venta | ||
EFICIENCIA | Implantación de página web sin venta en línea | 2.000,00 € | 2.000,00 € | 2.000,00 € |
Hardware (sistema TPV o tableta) | 1.500,00 € | 2.000,00 € | 3.000,00 € | |
Software de pago adaptado a la actividad comercial desarrollada | 3.000,00 € | 5.000,00 € | 8.000,00 € | |
Total programa e-commerce I | 6.500,00 € | 9.000,00 € | 13.000,00 € | |
REFORMA | Total programa reforma | 3.000,00 € | 4.250,00 € | 6.250,00 € |
EQUIPAMIENTO | Total programa equipamiento | 6.000,00 € |
Las ayudas a talleres artesanos son las mismas líneas y programas que para comercios minoristas con tiendas físicas, eso si con pequeños cambios en algún concepto subvencionable y en las cuantías de los mismos.
Plazo límite de presentación: 31/May/2024