Hasta el 30 de septiembre de 2020.
Hasta el 30 de septiembre de 2020.
Subvención en régimen de concurrencia no competitiva.
Ayuda en régimen de mínimis.
Regular las condiciones y el procedimiento de tramitación del Marco de apoyo de acceso al crédito de las pequeñas y medianas empresas, instrumentadas mediante convenio de colaboración entre el Instituto Gallego de Promoción Económica (Igape), las sociedades de garantía recíproca (SGR) y las entidades de crédito adheridas (financiación Igape‑Pymes), que se desglosa en líneas de financiación específicas detalladas en el anexo I.
Las ayudas contempladas, tratan de dar respuesta a las necesidades de financiación detectadas en las pymes gallegas, facilitando:
a) Préstamos avalados para el crecimiento de las pymes, con objeto de favorecer mediante reavales, el acceso a préstamos a largo plazo para financiar inversiones productivas y/o circulante estructural por parte de las pymes gallegas.
b) Operaciones avaladas para la financiación de tráfico comercial, con objeto de favorecer el acceso a nueva financiación operativa, para el tráfico comercial de las pymes gallegas mediante líneas de crédito específicas para adelanto de efectos comerciales y facturas, pólizas de pagos a proveedores y pólizas de comercio exterior.
c) Garantías ante terceros vinculadas a operaciones de tráfico o avales técnicos, con el objeto de favorecer la capacidad de las Pymes para otorgar garantías frente a terceros, para garantizar el cumplimiento de contratos, tráfico comercial o avales técnicos.
Podrán ser beneficiarias de las ayudas reguladas en estas bases las pequeñas y medianas empresas que cumplan los siguientes requisitos:
Reveal Crecimiento: El importe del préstamo a avalar será igual o superior a 3.000 € e igual o inferior a 1.000.000 €. El plazo mínimo del préstamo a avalar será de 3 años y no superior a 10 años, incluida una carencia de un máximo de 2 años. En cualquier caso, la vigencia del reaval no superará los 7 años. El tipo de referencia será el euríbor a plazo de 6 meses. Las revisiones se harán semestralmente.
Reveal Funcionamiento: El importe de la línea de financiación a avalar será igual o superior a 3.000 € e igual o inferior a 600.000 €. El plazo mínimo del aval de la SGR contragarantizado por el Igape será de 3 años y no superior a 5 años, sin contemplarse la posibilidad de prórroga en la vigencia. Las líneas de financiación garantizadas por la SGR podrán ser a plazos inferiores renovables. El tipo de interés de las operaciones de descuento comercial y confirming con crédito será el que pacten las partes, con un máximo del 4,00 %.
Reaval Garantías: El importe de la línea de financiación a avalar será igual o superior a 3.000 € e igual o inferior a 1.000.000 €. El plazo mínimo y vigencia de la línea de garantías será de 3 años y no superior a 5 años, sin contemplarse la posibilidad de prórroga en la vigencia. Las comisiones máximas que la entidad financiera podrá repercutir en conceptos de apertura y estudio será del 0,60 %. Para las comisiones de estudio y apertura, conjuntamente, la entidad financiera podrá estipular un mínimo de hasta 30 €. A estos efectos, no se considerará comisión el cobro de la tarifa de reclamación de posiciones deudoras. Las SGR podrán cobrar al cliente hasta el 0,50 % en concepto de comisión de estudio, hasta el 1,00 % en concepto de comisión de aval, calculado sobre el saldo vivo anual del importe avalado, y hasta el 4,00 % del importe de la financiación avalada en concepto de aportación al capital social de la SGR, que se abonará al inicio de la operación. El cliente podrá solicitar el reembolso de la participación social una vez finalice su relación con la SGR. Las restantes comisiones vinculadas a las operaciones serán las pactadas por las partes.
La concesión de las ayudas de estas bases queda supeditada al cumplimiento de la normativa vigente y, en especial, a la de la Unión Europea. En esos términos, serán compatibles con cualquiera otra ayuda pública o privada. La obtención de otras ayudas o subvenciones deberá comunicarse al Igape tan pronto como se conozca y, en todo caso, en el momento de la solicitud de la ayuda.