Primer trimestre 2025
Primer trimestre 2025
ORDEN DE ENTRADA. Ayuda en régimen de mínimis.
Apoyar a las empresas gallegas en sus procesos de internacionalización digital conscientes de que el desarrollo de las tecnologías digitales supone un enorme potencial para la mejora de la competitividad en los mercados internacionales.
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las empresas que cumplan los siguientes requisitos:
a) Las pequeñas y medianas empresas.
b) Que tengan algún centro de trabajo radicado en Galicia. La empresa debe tener como mínimo un trabajador por cuenta ajena el día que se publique esta orden.
c) Que tengan un importe de facturación en el último ejercicio con obligación de depósito de cuentas anuales en el Registro Mercantil, o de presentación de la declaración de la renta, como mínimo del doble del presupuesto del proyecto presentado por la empresa en su solicitud de ayuda.
d) Que tengan capacidad administrativa, financiera y operativa para cumplir las condiciones de la ayuda.
e) Que estén dadas de alta en programas avanzados de IGAPE de apoyo a la internacionalización con informe positivo emitido a partir del 1 de enero de 2013. En todo caso la solicitud de alta en programas avanzados de IGAPE de apoyo a la internacionalización, deberá presentarse antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de ayuda, a través del procedimiento del IGAPE IG192 excepto los comercios minoristas.
f) Que estén al día de sus obligaciones con la Hacienda Pública estatal, con la Comunidad Autónoma de Galicia y con la Seguridad Social.
Solo se podrá presentar y aprobar una solicitud por empresa, con un gasto subvencionable mínimo igual o superior a 12.000 € y máximo de 100.000 € por empresa. De superar este máximo se procederá a ajustar el gasto al límite máximo. De superar este máximo se procederá a ajustarlo a este límite máximo. En el caso de empresas del sector de la producción agraria y de la pesca el gasto subvencionable mínimo debe ser igual o superior a 14.000 € y máximo de 40.500 €.
Serán subvencionables solo gastos realizados después de presentar la solicitud. Habrá de plazo para finalizar las actuaciones y hacer los pagos hasta el 31 de marzo de 2026.
A. CONSULTORÍA necesaria para la elaboración de:
a) Gastos de asesoría jurídica y legal para la internacionalización digital. Aquellos que se relacionen directamente con la operativa digital internacional como la adaptación al Reglamento general de protección de datos y, en general, a la operativa import- export en el comercio electrónico. Subvención máxima: 1.800 euros.
B. APLICACIONES INFORMÁTICAS :
a) Soluciones tecnológicas P.I.M. ( Product Information Management) para crear, gestionar y conectar catálogos digitales internacionales multi-idioma. Subvención máxima: 3.600 euros.
b) Adquisición, programación a medida e integración de conectores entre plataformas y con sistemas de información (ERPs). Subvención máxima: 12.000 euros.
c) Soluciones de analítica y visualización de datos para elaborar cuadros de mando con indicadores ( KPI´s) para el seguimiento y optimización de canales de ventas y de marketing online. Subvención máxima: 12.000 euros.
d) Soluciones de inteligencia automatizada para la optimización de la supply chain y del fullfillment, por ejemplo, para la venta predictiva y el aprovisionamiento. Subvención máxima: 10.800 euros.
C. OTROS GASTOS de:
a) Creación y adaptación de catálogos online para el marketing y ventas en mercados electrónicos objetivo, tanto B2B cómo B2C. Subvención máxima: 2.400 euros.
b) Creación y adaptación de aplicaciones online a medida para el B2B en mercados electrónicos objetivos. Subvención máxima: 12.000 €
c) Campañas de posicionamiento SEM en directorios internacionales con buscadores y en plataformas, incluidos gastos de agencia. Subvención máxima: 7.200 euros.
d) Soluciones de inbound marketing internacional para lograr captar, retener, convertir y fidelizar a usuarios de interés objetivo del negocio online. Se incluye desde la compra de las soluciones tecnológicas, su integración y también su gestión como servicio a vendedores online por parte de agencias. Subvención máxima: 3.600 euros.
e) Creación y adaptación de tiendas en línea. Subvención máxima: 5.400 €.
f) Soluciones tecnológicas que faciliten la operativa internacional como, por ejemplo, la creación de suite de firma digital, soluciones de facturación electrónica internacional, soluciones de gestión internacional de tasas u otras soluciones de similar naturaleza. Subvención máxima: 10.800€.
Será subvencionable un 7 % de costes anteriormente indicados como costes indirectos.
La subvención variará entre los 7.200 € y los 60.000 € dependiendo de la inversión. Sera subvencionable un 60 % de la inversión.
Esta subvención es incompatible con otras ayudas para los mismo gastos.
No se apoyarán solicitudes de empresas que hayan sido beneficiarias de la ayuda IG240- Ayudasa la digitalización industria 4.0 en los años 2023 y 2024,
Plazo límite de presentación: 08/Jul/2025