Hasta el 31 de octubre de 2023
Hasta el 31 de octubre de 2023
Orden de entrada. NO está en incluida en minimis
Los proyectos con una inversión subvencionable superior a 500.000€ podrán solicitar, en el mismo expediente, un préstamo para su financiación, que sería un préstamo parcialmente reembolsable, con dos tramos:
– Tramo reembolsable.
– Tramo NO reembolsable, que estará constituido por la ayuda a fondo perdido al proyecto.
La suma de ambos tramos será, como máximo, del 75% de la inversión subvencionable.
Podrán ser beneficiarias las pequeñas y medianas empresas (pymes), cualquiera que sea su forma jurídica, por lo que también podrán acceder a la condición de beneficiario las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos, las actividades o los comportamientos o se encuentren en la situación que motiva la concesión de la subvención.
Para que una empresa sea subvencionable, el proyecto tiene que dedicarse a una de las siguientes actividades (CNAE 2009)
Serán subvencionables los Proyectos de inversión en equipamiento productivo que supongan la ampliación de capacidad de un establecimiento existente.
Los proyectos deben tener una dimensión igual o mayor a 25.000 € y no superior a 900.000 €.
Son subvencionables los Bienes de equipo: maquinaria de proceso, herramienta (incluidos los moldes, plantillas y cuños) y otros bienes de equipo relacionados con el proceso productivo y con el proyecto de ampliación de capacidad presentado.
El número de bienes de equipo incluidos en la solicitud de ayuda no podrá ser superior a cuatro. En ningún caso tendrán la consideración de bienes de equipo las obras necesarias para su instalación.
No se considerarán como un único bien de equipo las líneas de producción completas, excepto que cada elemento de la línea no tenga funcionalidad propia de manera independiente, lo que deberá acreditar la persona solicitante presentando informe de técnico independiente.
El porcentaje de inversión subvencionable será del 30% en el caso de las pequeñas empresas y 20% en el caso de las medianas empresas.
La subvención será de entre 5.000 € a 270.000 €
Plazo límite de presentación: 31/Mar/2025