Desde el 7 de febrero al 30 de septiembre de 2025
IG408H INVERSIÓN EN OBRA CIVIL, MAQUINARIA Y BIENES DE EQUIPO, PARA GRANDES PROYECTOS
Plazo de presentación
Tipo de ayuda
Orden de entrada. NO está en incluida en minimis
Organismo

Objeto
Estimular la puesta en marcha de grandes proyectos de inversión empresarial en Galicia, con la finalidad principal de potenciar la actividad económica en la comunidad autónoma y el mantenimiento y creación de empleo, así como atraer nuevas iniciativas empresariales a Galicia, por crecimiento o traslado, sin renunciar al crecimiento y mejora de las empresas existentes ni a la creación y puesta en marcha de nuevas iniciativas empresariales.
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarias las pequeñas y medianas empresas, que proyecten llevar a cabo una inversión en un centro de trabajo emplazado en la Comunidad Autónoma de Galicia.
Condiciones de los Proyectos
Los proyectos tendrán que cumplir alguno de estos requisitos:
- Deberán tener una inversión mínima subvencionable de 800.000 € y máxima de 10.000.000 €,
- Deberán tener una inversión mínima de 100.000 € con la creación de al menos 25 nuevos empleos de carácter indefinido y a tiempo completo.
Los proyectos NO podrán estar iniciados antes de la solicitud de la subvención (trabajos preparatorios, como la obtención de permisos o la realización de estudios previos de viabilidad, no se consideran inicio de los trabajos). La persona beneficiaria deberá realizar una aportación financiera mínima del 25 % de los costes subvencionables, mediante sus propios recursos o mediante financiación externa, exenta de cualquier tipo de ayuda pública.
Son subvencionables las inversiones en cualquier actividad económica, exceptuando las siguientes:
- Producción y distribución de energía e infraestructuras energéticas.
- La fabricación, la transformación y la comercialización de tabaco y productos del tabaco.
- La producción, la transformación, el transporte, la distribución, el almacenamiento o la combustión de combustibles fósiles.
Tampoco se subvencionarán los siguientes tipos de inversión:
- La construcción de centros que presten servicios de formación.
- Infraestructuras residenciales para colectivos en riesgo de institucionalización.
- La clausura o la construcción de centrales nucleares.
- Inversiones destinadas a reducir las emisiones de gases de efecto invernadero.
- Infraestructuras aeroportuarias.
- Inversiones en eliminación de desechos en escombreras.
- Inversiones en aumentar la capacidad de las instalaciones para el tratamiento de desechos residuales, con la excepción de inversiones en tecnologías para recuperar materiales de desechos residuales con fines de economía circular.
Tipos de proyecto
Son subvencionables los gastos realizados después de la solicitud, hasta 24 meses después nunca pudiendo pasar del 31 de marzo de 2028
Serán subvencionables las inversiones en activos fijos, o alternativamente los costes salariales de los nuevos contratos de carácter indefinido y a tiempo completo vinculados a la inversión, cuando el proyecto responda a una de las siguientes tipologías:
1. Creación de un nuevo establecimiento.
- Creación de un primero establecimiento
- Creación de un nuevo establecimiento en otra ubicación diferente o por traslado con ampliación de la capacidad productiva
2. Ampliación de capacidad de un establecimiento existente.
3. Diversificación de la producción de un establecimiento existente en productos que anteriormente no se producían en el mismo: la producción de un establecimiento existente en productos que anteriormente no se producían en el mismo, la inversión subvencionable deberá superar el 200 % del valor neto contable de los activos que se reutilizan
4. Cambio fundamental en el proceso global de producción del producto o productos afectados por la inversión en el establecimiento: la implementación de una innovación en el proceso global de producción que impliquen el uso por primera vez de métodos de organización que incluyan mejoras en las rutinas y procedimientos de gestión del trabajo, de los sistemas de producción o la integración de áreas funcionales de la empresa.
Las actuaciones subvencionables serán:
1) Obra civil y otros conceptos inmobiliarios:
a) Nueva construcción, reforma o rehabilitación de instalaciones llevadas a cabo en inmuebles o terrenos propiedad de la persona solicitante, o sobre los que la persona solicitante tenga un derecho de superficie o una concesión administrativa.
b) Reformas de instalaciones llevadas a cabo en inmuebles alquilados
c) Adquisición de edificaciones o construcciones nuevas o usadas.
d) Construcciones por cambio de localización dentro de la Comunidad Autónoma de Galicia
2) Bienes de equipo: maquinaria de proceso, instalaciones específicas para la actividad subvencionable, utillaje (incluidos los moldes, plantillas y troqueles), equipos y medios de transporte interno, vehículos especiales de transporte externo, medios de protección del ambiente y otros bienes de equipo.
3) Otras inversiones en activos fijos: mobiliario, equipos para procesos de información y envases o embalajes que, por sus características, deban considerarse como inmovilizado.
4) Aplicaciones informáticas directamente vinculadas con proceso productivo, que cumplan los siguientes requisitos:
• Utilización exclusiva en el establecimiento beneficiario de la ayuda.
• Ser amortizables.
• Adquisición en condiciones de mercado a terceros no vinculados con el comprador.
• Deben formar parte del activo de la empresa y permanecer vinculados al proyecto subvencionado durante, por lo menos, 3 años.
5) Adquisición de activos de un establecimiento: La adquisición de activos pertenecientes a un establecimiento que cerró o que cerraría si no se hubiera adquirido.
Los proyectos no podrán consistir exclusivamente en obra civil y conceptos inmobiliarios, deben de incluir obligatoriamente inversión en algún otro concepto subvencionable de entre los descritos en los puntos 2, 3 y 4.
Cuantía de ayuda
La inversión subvencionable será de entre 800.000 € a 10.000.000 € disminuyendo el mínimo a 100.000 € en el caso de que el proyecto cree como mínimo 25 empleos en modalidad de contratos indefinidos a jornada completa.
La ayuda será igual a los siguientes porcentajes de la inversión subvencionable:
- El 35 % en el caso de las pequeñas empresas.
- El 25 % en el caso de medianas empresas.
En los sectores industriales del carbón, acero y ferroaleaciones y en el sector del transporte e infraestructuras conexas la ayuda será:
- El 20 % en el caso de las pequeñas empresas.
- El 10 % en el caso de las medianas empresas.