Desde el 5 de agosto al 30 de septiembre de 2025
Desde el 5 de agosto al 30 de septiembre de 2025
Orden de entrada. Ayuda en régimen de minimis.
Puesta en marcha de proyectos para el desarrollo y mejora de los factores ASG (ambientales, sociales y de gobernanza) cuya finalidad sea el desarrollo e implantación de soluciones avanzadas para la producción, transporte y distribución de materias primas, componentes, semielaborados y productos finales, consiguiendo reducciones y ahorros en la utilización de recursos naturales, agua y energía y reducción en la generación de desperdicios, subproductos o deshechos, con la tendencia de convertir los desperdicios en recursos de uso en otros procesos productivos.
Las empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, incluyendo a las personas autónomas.
No podrán acceder a esta subvención empresas que sean prestadoras de los mismos o similares servicios o suministradoras de los mismos o similares equipos para los que solicitan la ayuda.
Los proyectos propuestos deben dirigirse a uno o varios de los 18 objetivos que se agrupan en 4 tipologías: globales, ambientales, sociales o gobernanza.
1) Globales:
2) Ambientales:
3) Sociales
4) Gobernanza
Solo se podrán subvencionar los siguientes conceptos de gasto:
a) Sensores, equipos y sistemas para la medición, monitorización, seguimiento y control de parámetros productivos y ambientales.
b) Hardware y software inteligente para proceso de la información cuando sirva al ahorro de insumos y de consumo de recursos hídricos o energéticos o bien para la reducción de la producción de desperdicios.
c) Nueva maquinaria y bienes de equipo, únicamente para la reutilización o reciclaje in situ de desperdicios producidos en los procesos de la empresa.
d) Servicios de consultoría externas de carácter tecnológico, de diseño de procesos o productos más eficientes u organizativo: asistencia técnica, eco-diseño, reingeniería de procesos, programas de responsabilidad social o propuestas dirigidas a la mejora de la gobernanza, gestión de riesgos ASG o de cara a la certificación B Corp. Las colaboraciones externas subvencionables deberán contribuir a los objetivos específicos del proyecto y, por lo tanto, no consistirán en actividades permanentes o periódicas ni estarán relacionadas con los gastos de explotación normales de la empresa como son los servicios rutinarios de asesoría fiscal, los servicios jurídicos periódicos o los de publicidad, servicios de mantenimiento ni cualesquiera otros no vinculados directamente al objeto de la economía circular previstos en el proyecto.
Los gastos e inversiones pueden haberse realizado a partir del 1 de enero de 2025. Los bienes objeto de la inversión deberán ser adquiridos por el beneficiario en propiedad. Los bienes y servicios subvencionados deberán ser adquiridos a terceros.
El importe máximo de la subvención será de 60.000 € por empresa.
Para proyectos SOLO de consultoría el límite será de 30.000 € por empresa.
La intensidad de la ayuda será del 80% de las inversiones materiales e inmateriales y gastos de colaboraciones externas subvencionables.
Esta subvención es incompatible con otras ayudas para el mismo proyecto.
Plazo límite de presentación: 25/Ago/2025
Plazo límite de presentación: 01/Ago/2025
Plazo límite de presentación: 11/Ago/2025