Tercer trimestre 2025
Tercer trimestre 2025
Subvención en régimen de concurrencia no competitiva. ORDEN DE ENTRADA.
La concesión de subvenciones para la realización de ahorro y eficiencia energética en las empresas del sector industria y servicios y promover proyectos con este objetivo.
Podrán ser beneficiarios los sujetos que cumplan las siguientes condiciones:
Proyecto No Iniciados
Estas ayudas tienen como objeto subvencionar los siguientes proyectos (deberán comenzarse con posterioridad a la solicitud de la subvención):
Proyectos de ahorro y eficiencia energética.
DENOMINACIÓN DE LA LÍNEA |
PROYECTOS SUBVENCIONABLES |
PAPEME. Proyectos de ahorro y eficiencia energética en pymes |
Proyectos que justifiquen ratios de ahorro energético iguales o superiores a 0,3 kWh/€ de ahorro energético de energía final y de energía primaria por euro de inversión elegible. |
PAGE. Proyectos de ahorro y eficiencia energética en grandes empresas |
Proyectos que justifiquen ratios de ahorro energético iguales o superiores a 0,4 kWh/€ de ahorro energético de energía final y de energía primaria por euro de inversión elegible. |
PAE. Proyectos de ahorro y eficiencia energética en pymes o grandes empresas que reduzcan las emisiones de GEI en por lo menos un 30 % |
Proyectos que justifiquen ratios de ahorro energético iguales o superiores a 0,3 kWh/€ de ahorro energético de energía final y de energía primaria por euro de inversión elegible y que además reduzcan por lo menos un 30 % las emisiones de GEI. |
PAP. Proyectos de ahorro y eficiencia energética en infraestructuras públicas |
Proyectos que justifiquen ratios de ahorro energético iguales o superiores a 0,4 kWh/€ de ahorro energético de energía final y de energía primaria por euro de inversión elegible. |
Requisitos técnicos de los proyectos que se subvencionan:
La cuantía de la subvención será del 35 % del coste elegible de la actuación. La intensidad de la ayuda se incrementará un 20 % en el caso de ayudas concedidas las pequeñas empresas y un 10 % en el caso de medianas empresas.
Para ayudas de más de 100.000 € se limita la ayuda según el ahorro energético justificado según la siguiente tabla:
TIPOLOGÍA BENEFICIARIO |
AYUDA MÁXIMA EN FUNCIÓN DEL AHORRO ENERGÉTICO |
Pequeña empresa |
Si el ahorro energético anual de energía final en MWh/año < 80 MWh/año: ayuda máxima = 100.000 |
Si el ahorro energético anual de energía final en MWh/año ≥ 80 MWh/año: AM = AEF x 1.250 | |
Mediana empresa |
Si el ahorro energético anual de energía final en MWh/año < 100 MWh/año: ayuda máxima = 100.000 |
Si el ahorro energético anual de energía final en MWh/año ≥ 100 MWh/año: ayuda máxima= AEF x 1.000 | |
Gran empresa |
Si el ahorro energético anual de energía final en MWh/año< 150 MWh/año: ayuda máxima = 100.000 |
Si el ahorro energético anual de energía final en MWh/año ≥ 150 MWh/año: ayuda máxima = AEF x 675 | |
Proyectos de ahorro y eficiencia energética en infraestructuras públicas (PAP) |
Si el ahorro energético anual de energía final en MWh/año < 80 MWh/año: ayuda máxima = 100.000 |
Si el ahorro energético anual de energía final en MWh/año ≥ 80 MWh/año: ayuda máxima = AEF x 1.250 |
En el caso de proyectos del sector industrial con una inversión igual o superior a 100.000,00 € y ratios de ahorro iguales o superiores a 0,81 kWh/€ de inversión la ayuda estará limitada a un máximo del 25 % de la inversión. A estos efectos, se considera sector industrial aquellas actividades del CNAE 2009 de las divisiones 07 a 39.
Se establece una ayuda máxima por expediente de 1.000.000 € y una ayuda máxima por entidad beneficiaria de 2.000.000 €
Plazo límite de presentación: 31/Mar/2025