Serán actividades subvencionables aquellas incluidas en un Plan de Innovación que deberá reunir, necesariamente, las siguientes características:
- Deberá reunir una serie de actividades que constituyan un conjunto completo y coherente que permita implementar y/o incrementar las capacidades innovadoras de la empresa solicitante.
- Su duración mínima será de un año y la máxima se extenderá hasta el 30 de septiembre de 2025.
- Deberá de estar alineado alineados con los retos de la RIS3 para Galicia.
- Las actividades que se subvencionan serán:
- Actividades de innovación, destinadas principalmente a corregir deficiencias de mercado relacionadas con externalidades positivas, deficiencias de coordinación y, en menor medida, información asimétrica.
- Actividades de Innovación en procesos, hace referencia a innovar en un proceso nuevo y mejorado para una o más funciones de negocio que difieren significativamente del proceso de negocio anterior de la empresa y que se ponen en uso por primera vez en la empresa.
- Actividades de Innovación en organización, hace referencia a un método nuevo o mejorado para una o más funciones relativas a la organización empresarial y sus interacciones, que difieren significativamente de los métodos anteriores de la empresa y que se ponen por primera vez en la empresa.
Para Actividades de Innovación los gastos serán los siguientes:
- Auditoria/consultoría en producto/servicio. Análisis de la cartera de producto/servicio dirigidos a adecuar las actividades de innovación en procesos y organización.
- Estudios de viabilidad y técnica e industrial, económica y/o de mercado previos al desarrollo de producto o servicio. Estudios de satisfacción y detección de necesidades.
- Protección de propiedad industrial
- Elaboración de estudios del estado del arte previos a la gestión de la propiedad industrial, la solicitud de patentes, modelos de utilidad y otras licencias; vigilancia y prospección tecnológica.
- Gestión de solicitudes de nuevas patentes, modelos de utilidad y otras licencias. Se excluye el mantenimiento y ampliación de la existentes.
- Asesoramiento para la transferencia de tecnología.
- Obtención de certificaciones de normas oficiales vinculados a los objetivos innovadores presentados en la memoria técnica de solicitud:
- EA0047 “Requisitos para la consideración como Pequeña o Mediana Empresa innovadora”
- EA0043 “Requisitos de la Joven Empresa Innovadora. JEI”
- La serie de Normas UNE 166000 dedicadas a apoyar la optimización de la “Gestión de la I+D+i”
- Otras certificaciones específicas que se consideren apropiadas para el desarrollo de la actividad empresarial innovadora dentro del plan (como por ejemplo la certificación de «startup»)
- Asesoramiento para la gestión de proyectos colaborativos de I+D+i.
- Asesoramiento para el acceso y el financiamiento de innovación a través de instrumentos financieros y ayudas públicas, así como fondos de capital riesgo.
Para Actividades de Innovación en Procesos los gastos serán los siguientes:
- Métodos de fabricación o producción de bienes o servicios innovadores
- Sistemas logísticos y métodos de entrega o distribución.
- Métodos de procesamiento de información o comunicación con intensificación tecnológica.
- Métodos de contabilidad u otras operaciones administrativas.
- Métodos de marketing para promoción, embalaje, fijación de precios, posicionamiento del producto o servicios post-venta. No se admitirán implementaciones finalistas y por tanto directamente vinculados a objetivos y retornos comerciales.
- Innovación en procesos con beneficios medioambientales que genera impactos medioambientales positivos o reduce los negativo en comparación con los anteriores empleados en la empresa.
- Testado a escala preindustrial y pilotos de tecnologías facilitadoras (TFE) relacionadas con la fotónica, nanotecnología, biotecnología, materiales avanzados y fabricación y procesamiento avanzado. En las que se incluyen:
- Tecnologías que conecten el mundo físico con el digital:
- Realidad aumentada, visión artificial y otras tecnologías similares empleadas en procesos.
- Impresión en 3D en aplicaciones específicas con materiales o procesos de alta intensidad tecnológica.
- Automatización avanzada y robótica.
- Internet de las cosas aplicadas la mejoras de procesos o a sistemas complejos
- Ciberseguridad.
- Tecnologías que faciliten a gestión inteligente de las operaciones, así como el trabajo colaborativo.
Para Actividades de Innovación en Organización los gastos serán los siguientes:
- Diseño y desarrollo de nuevos procesos de organización que impacten, entre otros: en los métodos de producción, distribución, así como la experiencia del usuario, tanto en el sector industrial como de servicios.
- Validación, a través de pilotos, de nuevos métodos organizacionales en el negocio, en la organización del trabajo, entre las que figuran la definición e introducción de nuevas iniciativas de innovación que supongan cambios en la gestión interna de la organización interna de la empresa y propicien su participación en redes empresariales.
- Validación a través de pilotos de implantación de metodologías de mejora de la gestión del conocimiento y de organización de responsabilidad laboral, toma de decisiones el gestión de recursos humanos: formación, contratación de personal, organización del lugar de trabajo, contratación de personal temporal, gestión de nóminas y servicio médico y de prevención.
- Validación a través de pilotos de implementación de nuevos métodos organizativos en la organización de las relaciones hacia el exterior, entre ellas:
- Establecimiento de relaciones de cooperación e innovación abierta.
- Redefinición de las estrategias de comercialización y relación con clientes y proveedores o la apertura de nuevos mercados. No se incluyen las actuaciones relativas a la comercialización que no puedan ser considerados pilotos de innovación.
- Creación de departamentos y unidades de I+D+i:
- Creación y ampliación de la capacidad tecnológica estable dentro de las empresas mediante la contratación de personal especializado.
- Creación de estructuras de investigación e innovación de dimensión apropiada para la generación de desarrollo tecnológico y no asociadas a la actividad productiva
Se considerará que las ayudas tienen un efecto incentivador si la solicitud de ayuda se ha presentado antes del comienzo del plan.
En consecuencia, la fecha de inicio de las actividades integradas en el Plan de innovación deberá ser siempre posterior a la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda. De no cumplirse esta condición, no se podrá financiar ningún gasto derivado de dicho plan.
Serán subvencionables para la anualidad de 2024 aquellos gastos comprendidos entre la fecha de la solicitud y el 15 de octubre de 2024. Para la anualidad de 2025 serán subvencionables los gastos realizados entre el 1 de octubre de 2024 y el 15 de octubre de 2025.