Ayuda al alta como personas autónomas.
Ayuda al alta como personas autónomas.
Aviso: contenido basado en la convocatoria 2025 (la de 2027 aún no ha sido publicada). Las fechas, importes y demás datos son estimados y pueden sufrir cambios cuando se publiquen las bases oficiales de la convocatoria 2027.
Primer trimestre de 2027 (estimado; pendiente de publicación de las nuevas bases).
Orden de entrada. Ayuda en minimis.

La finalidad es la concesión de una ayuda económica a aquellas personas desempleadas que pretendan desarrollar su actividad empresarial o profesional en Galicia como trabajadoras autónomas o por cuenta propia, para hacer frente a los distintos gastos generados en el comienzo de su actividad laboral.
Existen dos líneas:
Serán beneficiarias aquellas personas que causen alta en el régimen especial de autónomos o en cualquier otro régimen especial por cuenta propia de la Seguridad Social o en mutualidad de colegio profesional entre el 1 de octubre de 2026 y el 30 de septiembre de 2027, siempre que cumplan las siguientes condiciones:
Para la línea 1 la persona tiene que cumplir los siguientes requisitos:
Para la línea 2, la persona tiene que cumplir los siguientes requisitos:
La cuantía será:
a) 2.000 euros para personas desempleadas en general.
b) 4.000 euros para el caso de personas desempleadas que se encuentren en alguno de los siguientes colectivos, que no serán acumulables:
La cuantía base correspondiente se incrementará en un 15% en los siguientes casos:
Estos cinco incrementos son acumulables, hasta un posible máximo de 7.000 €.
Esta subvención será incompatible con:
Plazo límite de presentación: 14/Ago/2027