30 de Septiembre de 2020
30 de Septiembre de 2020
En concurrencia no competitiva. Régimen de minimis.
La finalidad de este programa es la concesión de ayudas económicas para la realización de un relevo generacional ordenado en los negocios de las personas trabajadoras autónoma.
Serán de dos tipos, por un lado la persona transmisora recibirá una subvención de 5000 euros para compensar los gastos derivados del traspaso. Por otro lado la persona adquiriente tendrá tres lineas de ayuda.
Serán personas beneficiarias de estas ayudas la persona trabajadora autónoma que va a transmitir su negocio por cese, y que en el momento de la transmisión esté en alguna de las siguientes situaciones en el momento de la transmisión del negocio:
a) Que tengan 60 años o más.
b) Por la declaración de incapacidad total o absoluta (incluyendo gran invalidez) reconocida por los órganos competentes de la seguridad social.
c) Las personas herederas en el caso de fallecimiento de la persona trabajadora autónoma titular del negocio.
También será beneficiaria de la ayuda la persona que adquiera el negocio y que esté dada de alta en el Régimen especial de trabajadores autónomos (RETA) tras su adquisición.
La cuantía para la persona transmisora será de 5.000 euros. la cuantía para el adquirente dependerá de los bonos que serán los siguientes:
Las ayudas previstas en esta orden serán incompatibles con las ayudas establecidas que por los mismos conceptos puedan otorgar las administraciones públicas.