Desde el 31 de enero al 30 de septiembre de 2025
Ayuda pendiente de publicación, datos preliminares que pueden estar sujetos a cambios
Desde el 31 de enero al 30 de septiembre de 2025
Orden de entrada. Régimen Minimis.
Ayudas que favorezcan la contratación de personas desempleadas en la empresa ordinaria y, especialmente, de aquellas que tienen mayores dificultades de inserción laboral.
Incluye cuatro tipos de ayudas compatibles:
El único contrato subvencionable será el de duración indefinida a jornada completa.
Podrán ser entidades beneficiarias las personas autónomas que realicen contrataciones por cuenta ajena y las empresas, cualquiera que sea la forma jurídica que adopten, incluidas las personas autónomas que contraten trabajadoras o trabajadores por cuenta ajena para prestar servicios en centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Galicia.
Las empresas que tengan cincuenta o más personas trabajadoras deberán cumplir el cupo de reserva para personas con discapacidad, conforme se dé ocupación, al menos, al 2 % de trabajadores.
Las personas contratadas tendrán que ser personas desempleadas que cumplan alguna de estas condiciones:
Las contrataciones de las personas desempleadas que encajan en alguno de los grupos anteriores tienen que haberse realizado entre el 1 de octubre de 2024 y el 30 de septiembre de 2025.
OJO esto ha cambiado de manera importante en la convocatoria de este año