Desde el 30 de junio hasta el 31 de julio de 2023
Desde el 30 de junio hasta el 31 de julio de 2023
En concurrencia no competitiva (por orden de entrada). Régimen Minimis.
Mejorar la empleabilidad y la inserción profesional de las personas incluidas como beneficiarias en el fichero del Sistema nacional de garantía juvenil
Podrán ser personas y empresas beneficiarias de los incentivos previstos en esta orden las personas empleadoras y las empresas, cualquiera que sea la forma jurídica que adopten, incluidas las personas autónomas que contraten personas jóvenes trabajadoras por cuenta ajena, para prestar servicios en centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Galicia
Se podrá solicitar la ayuda para contrataciones realizadas desde el 1 de enero de 2023 hasta 20 días hábiles después de la notificación de concesión de la ayuda.
Las condiciones de la persona contratada deben ser las siguientes:
Serán subvencionables al amparo de este programa las contrataciones por cuenta ajena de personas jóvenes mediante la suscripción de contratos indefinidos, contratos de formación en alternancia o de contratos para la obtención de la práctica profesional.
Los contratos tendrán una duración mínima de 9 meses y deberán ser a jornada completa.
Cuando se produzca la extinción del contrato antes de que finalice el período de 9 meses, la persona empleadora o empresa beneficiaria deberá proceder al reintegro total de la ayuda, excepto en el caso de baja voluntaria o fallecimiento de la persona trabajadora contratada, caso en el que la persona empleadora o empresa beneficiaria podrá optar preferentemente por sustituirla en el plazo máximo de 15 días.
Cualquiera que sea la modalidad de la contratación, cada persona contratada deberá contar con un programa de formación en competencias blandas, de una duración mínima de 50 horas.
La formación que se desarrollará durante la duración del contrato tendrá por objeto la mejora y/o adquisición de competencias profesionales blandas. La formación la tiene que dar una persona formadora externa a la empresa. La persona empleadora o empresa solicitante deberá presentar un proyecto de formación sobre una o varias de las siguientes temáticas (sin ánimo de exhaustividad):
La persona trabajadora compatibilizará la formación en competencias blandas con la realización de un trabajo efectivo en un centro de trabajo de la entidad beneficiaria, de manera que esta formación complemente su cualificación profesional y favorezca su inserción laboral futura.
Los centros en que se desarrolle la formación en competencias blandas deberán estar situados en la Comunidad Autónoma de Galicia. El programa de formación se iniciará en los 30 días siguientes a la concesión de la subvención y finalizará como máximo transcurridos cinco meses desde la contratación.
La ayuda consistirá en un incentivo único de 9.000 € por cada persona joven contratada.