Desde el 5 de febrero al 3 de marzo de 2021
Desde el 5 de febrero al 3 de marzo de 2021
Subvención en régimen de concurrencia competitiva.
Ayuda de minimis.
En el campo del turismo, los establecimientos de alojamiento y los restaurantes inciden directamente en la configuración de las exigencias de calidad de los servicios turísticos. En la actualidad es patente la necesidad de adaptación de las infraestructuras e instalaciones de estos establecimientos, a través de la incorporación de elementos de sostenibilidad y accesibilidad y la renovación de las infraestructuras hacia la modernización y la implementación de los estándares de calidad demandados por el mercado. Así, también es patente que la inversión en calidad y medio ambiente ayuda a optimizar los costes empresariales.
Podrán solicitar esta subvención personas físicas y PYMES titulares de:
– Establecimientos hoteleros, campamentos de turismo, establecimientos de turismo rural, apartamentos turísticos y albergues turísticos.
– Restaurantes (no están incluidos los bares ni las cafeterías).
– Deberá acreditarse una antigüedad de la actividad turística de alojamiento y restauración en el establecimiento para el cual se solicita la subvención no inferior a 5 años a la fecha de solicitud de la ayuda (tanto de la actividad como del establecimiento). A estos efectos, se tomará como fecha de referencia para el cálculo de la antigüedad la fecha de inscripción en el REAT.
Serán las siguientes:
Se considerarán actuaciones subvencionables todas aquellas que se inicien a partir del 1 de enero de 2021.
Además de los gastos de obra vinculados con la ejecución del proyecto, serán gastos subvencionables los servicios profesionales vinculados al proyecto, como honorarios técnicos de redacción del proyecto y de dirección de obra. Los honorarios técnicos no serán superiores al 6 % de la inversión neta admitida.
No son gastos subvencionables:
CRITERIOS DE VALORACIÓN TU503A Subvenciones para actuaciones de mejora de las infraestructuras de los establecimientos turísticos de alojamiento y de restauración | ||
Antigüedad | superior a 11 años | 18 puntos |
9 a 11 años | 12 puntos | |
5 a 8 años | 10 puntos | |
Grado de inversión, cuanto más inversión por superficie construida del establecimiento mayor puntuación | 15 puntos máximo (solo a 1 empresa el resto irá recibiendo menos en proporción a esta) | |
Impacto en el empleo | Aumento del empleo | 10 puntos |
Consolidación del empleo | 6 puntos | |
Tamaño de la entidad o empresa | Cuadro medio de entre 1 y 10 trabajadores | 15 puntos |
Cuadro medio de entre 11 y 49 trabajadores | 10 puntos | |
Que la empresa o entidad esté en posesión de algún certificado de calidad para el sector turístico | 16 puntos | |
Que la empresa o entidad esté en posesión de alguna certificación ambiental internacionalmente reconocida | 16 puntos | |
Que la empresa o entidad haya implantado plan de formación/plan de igualdad | 10 puntos |
La inversión neta admitida será de 100.000 € como máximo, la intensidad de la ayuda varía entre en 50 % y el 30% según la tabla.
Puntos | Porcentaje de intensidad de la ayuda |
86-100 | 50% |
71-85 | 45% |
56-70 | 40% |
36-55 | 35% |
20-35 | 30% |
Estas ayudas son compatibles con la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier Administración o entes públicos o privados, estatales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, pero su importe, en ningún caso, podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.
Otras ayudas a la inversión