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            IG288 – Economía Circular 2023 IGAPE

            30 . 11 . 2022

            Este es un elemento de encabezado personalizado

            Plazo de presentación

            Hasta el 28 de febrero de 2023

            Tipo de ayuda

            Subvención en régimen de Concurrencia Competitiva.

            Ayuda en Régimen de Mínimis.

            Organismo

            Objeto

            Puesta en marcha de proyectos para el desarrollo de la economía circular cuya finalidad sea el desarrollo e implantación de soluciones avanzadas para la producción, transporte y distribución de materias primas, componentes, semielaborados y productos finales, consiguiendo reducciones y ahorros en la utilización de recursos naturales, agua y energía y reducción en la generación de desperdicios, subproductos o deshechos, con la tendencia de convertir los desperdicios en recursos de uso en otros procesos productivos.

            Beneficiarios

            Las Pequeñas y Medianas empresas podrán solicitar proyectos individuales.

            Para poder solicitar proyectos colectivos habrá que constituir una agrupación de empresas.

            No podrán acceder a esta subvención empresas que sean prestadoras de los mismos o similares servicios o suministradoras de los mismos o similares equipos para los que solicitan la ayuda.

            Proyectos subvencionables

            Los proyectos podrán ser individuales o colectivos, estos últimos tendrán prioridad.

            1) Reducción del consumo de recursos en el proceso productivo

            • Reducción del consumo de recursos naturales, materias primas y semielaborados.
            • Mejora de la eficiencia energética (sistemas de control y optimización inteligente de consumos, excluido todo lo relacionado con fuentes, generadores o producción energética).
            • Monitorización y control de procesos.
            • Medición, monitorización y reducción de huella de carbono y huella hídrica.

            2) Reducir la generación de residuos en el proceso productivo, la peligrosidad de los mismos y/o facilitar su reutilización, valorización y/o reciclaje:

            • Reducción y/o reutilización de residuos y subproductos.
            • Clasificación y/o valorización de residuos y subproductos.
            • Diseño y desarrollo de envases y embalajes ecoeficientes.
            • Eco-diseño: para la reducción, reutilización y reciclaje.

            3) Análisis del ciclo de vida del producto:

            • Incorporación de criterios de sostenibilidad en las compras.
            • Análisis de ciclo de vida e implantación de estrategias de diseño sostenible basadas en el principio «cuna a cuna».

            4) Identificación e implementación de nuevas oportunidades de negocio que persigan la reutilización y reparación de los productos.

            5) Servitización: reducción del consumo de recursos con el cambio de enfoque a prestación de servicios.

            6) Reacondicionamiento, remanufactura y reparación avanzada.

            7) Creación de cadenas de valor más cortas.

            Conceptos subvencionables

            Solo se podrán subvencionar los siguientes conceptos de gasto:

            a) Sensores, equipos y sistemas para la medición, monitorización, seguimiento y control de parámetros productivos y ambientales.

            b) Hardware y software inteligente para proceso de la información cuando sirva al ahorro de insumos y de consumo de recursos hídricos o energéticos o bien para la reducción de la producción de desperdicios.

            c) Nueva maquinaria y bienes de equipo, únicamente para la reutilización o reciclaje in situ de desperdicios producidos en los procesos de la empresa.

            d)  Servicios de consultoría externas de carácter tecnológico, de diseño de procesos o productos más eficientes u organizativo: asistencia técnica, eco-diseño, reingeniería de procesos, adaptación y parametrización de soluciones, consultoría y servicios directamente relacionados con la ejecución del proyecto. Las colaboraciones externas subvencionables deberán contribuir a los objetivos específicos del proyecto y, por lo tanto, no consistirán en actividades permanentes o periódicas ni estarán relacionadas con los gastos de explotación normales de la empresa como son los servicios rutinarios de asesoría fiscal, los servicios jurídicos periódicos o los de publicidad, ni cualesquiera otros no vinculados directamente al objeto de la economía circular previstos en el proyecto. Las colaboraciones externas no podrán superar el 60 % de los costes totales subvencionables.

            No se podrá llevar a cabo ningún gasto antes de la solicitud. Los bienes objeto de la inversión deberán ser adquiridos por el beneficiario en propiedad. Los bienes y servicios subvencionados deberán ser adquiridos a terceros.

            Cuantía e intensidad de ayuda

            El importe máximo de la subvención será de 200.000 € para proyectos colectivos y 75.000 € para proyectos individuales.

            Los proyectos tendrán que tener un mínimo 12.000 € de gasto subvencionable para los individuales y de 10.000€ por participante para los colectivos.

            La intensidad de la ayuda será la siguiente para cada concepto subvencionable:

            • 35 % de las inversiones materiales e inmateriales subvencionables para las pequeñas empresas, y del 25 % para las medianas.
            • 50 % de los gastos de colaboraciones externas subvencionables para ambas categorías de empresa, pequeñas y medianas. 

            Las pymes beneficiarias de subvención a inversiones deberán aportar una contribución financiera a estas, exenta de cualquier tipo de apoyo público, de al menos un 25 % de los costes, ya sea mediante sus recursos propios o mediante financiación externa.

            Incompatibilidades

            Esta subvención es compatible con otras ayudas mientras se respete el 25 % mínimo de inversión libre de apoyo público.

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