Desde el 30 de julio hasta el 31 de agosto de 2026
Desde el 30 de julio hasta el 31 de agosto de 2026
Subvención en régimen de concurrencia no competitiva (Orden de Entrada). Ayuda en régimen de minimis.

Subvencionar la redacción de proyectos y la ejecución de obras (nueva edificación, rehabilitación o reforma) que empleen productos de madera o derivados de la madera como elementos estructurales, destinadas a uso residencial (unifamiliar o colectivo), industrial, comercial, recreativo, hotelero, oficinas, sanitario-asistencial, educativo, cultural o deportivo.
La ayuda para empresas, autónomos y entidades se articula en dos líneas:
A estos efectos, se denominan “productos ECEA” los productos de madera o derivados de la madera (excluidos los composites en los que los materiales lignocelulósicos supongan menos del 50 % en peso) empleados en los sistemas estructural, de compartimentación, envolvente y acabados, excluyendo carpinterías interiores, pavimentos interiores y acabados interiores.
Podrán ser beneficiarias de las líneas 1.1 (MR502B) y 2.1 (MR502F): las comunidades de montes vecinales en mano común (CMVMC), las pequeñas y medianas empresas (pymes), incluidas las personas autónomas, con domicilio social o centro de trabajo en Galicia, así como cooperativas, asociaciones, organizaciones, fundaciones y entidades sin ánimo de lucro que desarrollen su actividad en Galicia.
No podrán ser beneficiarias las solicitantes incursas en las circunstancias del artículo 10 de la Ley 9/2007, las que tengan la condición de empresa en crisis, ni las que incumplan los plazos de pago de la Ley 3/2004 (para subvenciones de importe superior a 30.000 €). Los requisitos deben cumplirse en la fecha de publicación de la convocatoria.
MR502B Línea 1.1 – Redacción de proyectos:
MR502F Línea 2.1 – Utilización de productos de madera:
Período de ejecución: gastos realizados y efectivamente pagados desde el 1 de enero de 2026 hasta la fecha máxima de justificación establecida en la convocatoria. Quedan excluidas las actuaciones ya finalizadas en la fecha de presentación de la solicitud.
MR502B Línea 1.1 – Redacción de proyectos: costes de los honorarios técnicos de redacción del proyecto de ejecución. Los proyectos se podrán redactar en una única fase o dividirse en proyecto básico y proyecto de ejecución.
MR502F Línea 2.1 – Utilización de productos de madera: costes correspondientes a los productos ECEA (incluida su colocación).
No son subvencionables: el IVA recuperable, las tasas de permisos o licencias, el coste del visado colegial y los honorarios de anteproyecto, dirección de ejecución, dirección de obra o coordinación de Seguridad y Salud.
INTENSIDAD
MR502B Línea 1.1 y MR502F Línea 2.1.
La intensidad máxima de la ayuda será del 50 % del gasto subvencionable, incrementable en un 10 % adicional (acumulable) por cada uno de los siguientes compromisos, pudiendo llegar al 70 %:
CUANTÍA
MR502B Línea 1.1 – Redacción de proyectos: máximo 35.000 €.
MR502F Línea 2.1 – Utilización de productos de madera: máximo general 35.000 €, incrementable hasta:
Límite acumulado por beneficiario (líneas 1.1 y 2.1): máximo 90.000 €, pudiendo llegar hasta 250.000 € en el caso de edificación en altura con madera, uso residencial colectivo y/o promociones singulares.
Plazo límite de presentación: 05/Sep/2026
Plazo límite de presentación: 15/Jul/2026