Aviso: contenido basado en la convocatoria 2026 (la de 2027 aún no ha sido publicada). Las fechas, importes y demás datos son estimados y pueden sufrir cambios cuando se publiquen las bases oficiales de la convocatoria 2027.
Aviso: contenido basado en la convocatoria 2026 (la de 2027 aún no ha sido publicada). Las fechas, importes y demás datos son estimados y pueden sufrir cambios cuando se publiquen las bases oficiales de la convocatoria 2027.
Primer trimestre de 2027 (estimado; pendiente de publicación de las nuevas bases)
Orden de entrada. Régimen minimis

Fomentar la actividad de las startups gallegas (reconocidas oficialmente) o con un centro de trabajo en Galicia.
Podrán ser beneficiarias las startups gallegas o con un centro de trabajo que tengan menos de 5 años desde la inscripción en el registro mercantil (7 años en el caso de empresas de biotecnología, energía e industriales que cumplan los requisitos de innovación y escalabilidad) que cumplan al menos uno de los siguientes requisitos:
Son subvencionables las inversiones realizadas desde el 1 de enero de 2027 hasta la fecha de solicitud de la subvención (límite 30 de septiembre de 2027). Los gastos deberán de estar realizados y completamente pagados antes de la solicitud para ser subvencionables.
No hay límites respecto a las inversiones subvencionables siempre que estas cumplan una serie de condiciones:
Los gastos e inversiones subvencionables deben haberse realizado entre el 1 de enero y el 30 de septiembre, fecha límite para presentar la solicitud.
La inversión mínima debe de ser de 10.000 €. Será subvencionable el 100% de la inversión.
La subvención máxima será de 20.000 €.
Plazo límite de presentación: 14/Ago/2027