Desde el 24 de mayo hasta el 30 de septiembre de 2024
Desde el 24 de mayo hasta el 30 de septiembre de 2024
En concurrencia no competitiva (por orden de entrada). Régimen Minimis.
Ayudas para facilitar un período de práctica profesional acompañada de un proceso de formación para el empleo a las personas menores de 30 años, ayudando así a la inserción laboral de las personas jóvenes en Galicia, y dotándolas de competencias para el empleo que las acompañen durante su vida laboral, con la finalidad última de promover su empleabilidad y la retención del talento joven en Galicia.
Línea 1 – Programa contrato para la obtención de la práctica profesional: programa de incentivos a la contratación para la obtención de la práctica profesional adecuada al nivel de estudios de las personas menores de 30 años dadas de alta como demandantes de empleo que estén en posesión de título universitario (grado, máster o doctorado), o título de grado medio o superior, especialista, master profesional o certificado del sistema de formación profesional
Línea 2 – Programa contrato para Formación en Alternancia: programa de incentivos para contratos de formación en alternancia de personas menores de 30 años sin cualificación profesional dadas de alta como demandantes de empleo.
Podrán ser entidades beneficiarias de los incentivos previstos en esta orden las empresas, cualquiera que sea la forma jurídica que adopten, incluidas las personas autónomas, las sociedades civiles y las comunidades de bienes, aunque carezcan de personalidad jurídica, que contraten trabajadoras o trabajadores por cuenta ajena para prestar servicios en centros de trabajo radicados en Galicia.
Para la Línea 1 – Programa Talento 30 en Prácticas, las contrataciones deben de ser como mínimo de 12 meses y a jornada completa. La contratación debe de realizarse con un contrato para la obtención de práctica profesional. En este tiempo, el programa dedicará 50 horas a la formación de la persona empleada menor de 30 años en competencias blandas, y el tiempo restante a trabajo efectivo en la empresa que promueva el programa de formación. No podrá suscribirse con quien ya obtuviese experiencia profesional o realizado actividad formativa en la misma actividad dentro de la empresa por un tiempo superior a tres meses, sin que se computen a estos efectos los períodos de formación o prácticas que formen parte del currículo exigido para la obtención de la titulación o certificado que habilita esta contratación.
Para la Línea 2 – Programa Talento 30 Formación en Alternancia, las contrataciones deben de ser como mínimo de 12 meses y a jornada completa. La contratación debe de realizarse con un contrato de Formación para la Alternancia. En este tiempo, la entidad o persona empleadora dedicará 50 horas a la formación en competencias blandas de la persona empleada menor de 30 años, sin perjuicio de la impartición de la formación inherente a los contratos de formación en alternancia. La persona joven carecerá de la cualificación profesional reconocida por las titulaciones o certificados requeridos para concertar un contrato formativo para la obtención de la práctica profesional. Sin perjuicio de lo anterior, se podrán realizar contratos vinculados a estudios de formación profesional con personas que posean otra titulación siempre que no hayan tenido otro contrato formativo previo en una formación del mismo nivel formativo y del mismo sector productivo.
En ambas líneas la persona que se va a contratar no puede tener una experiencia profesional superior a un año en el mismo grupo de cotización en el que van a ser contratadas.
Serán subvencionables contrataciones realizadas a partir del 1 de diciembre de 2023 (que cumplan los requisitos anteriores) hasta el 15 de octubre de 2024. Si la contratación no se produjera antes de la solicitud, habrá que esperar a la resolución de la ayuda para hacer la contratación. Una vez llegue la resolución de concesión hay 20 días hábiles para realizar la contratación (sin sobrepasar el plazo de 15 de octubre de 2024).
La formación tendrá por objeto a mejora y/o adquisición de competencias profesionales blandas sobre las siguientes temáticas:
Los centros en los que se desarrolle la formación en competencias blandas deberán estar situados en la Comunidad Autónoma de Galicia. Se podrá desarrollar en modalidad de teleformación.
La cuantía de la subvención dependerá del grupo de cotización según la siguiente clasificación:
El incentivo para la formación por cada persona joven contratada será de :
Se recibirá en adelanto, lo que no se use se devolverá a la consellería.
Las ayudas previstas en esta orden serán incompatibles con las ayudas que por los mismos conceptos y gastos puedan otorgar las administraciones públicas
Plazo límite de presentación: 31/Mar/2025
Plazo límite de presentación: 30/Sep/2025