FACILITAR INICIATIVAS DE EMPRENDIMIENTO. La información que adjuntamos se basa en la información dada hasta el momento, la convocatoria final puede sufrir cambios.

Plazo de presentación

Estará disponible en junio o julio de 2023

Tipo de ayuda

Subvención en régimen de Concurrencia Competitiva. Ayuda en régimen de minimis.

Organismo

Objeto

Facilitar las iniciativas de emprendimiento, contribuyendo al incremento de su actividad económica, su competitividad y, en definitiva, manteniendo empleos de calidad.

Beneficiarios

Los interesados en solicitar esta subvención las personas trabajadoras autónomas y las pequeñas y medianas empresa que cumplan los siguientes requisitos:

  1. Tener el domicilio fiscal en Galicia.
  2. Tener como máximo 42 meses de antigüedad.
  3. Tener la capacidad administrativa, financiera y operativa para cumplir las condiciones de la ayuda.
  4. Estar al corriente en el pago de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social para obtener subvenciones.
  5. No haber sido sancionadas mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones.

Conceptos subvencionables

Serán subvencionables los gastos después de la solicitud y hasta el 29 de septiembre de 2023.

Es gasto subvencionable:

  • Contrataciones indefinidas iniciales.
  • Incremento de la duración anual de los contratos fijos discontinuos a un mínimo de 9 meses a jornada completa.
  • Equipamiento informático (excluidos móviles y smartphones)
  • Activos intangibles: activos que no tienen una materialización física o financiera como pueden ser.
    • La propiedad o del derecho al uso de programas informáticos, incluida la suscripción a software estándar del mercado durante el período subvencionable.
    • Gastos de creación y desarrollo de programas informáticos a medida.
    • Páginas web.
    • Patentes, licencias y conocimientos técnicos u otros derechos de propiedad intelectual.
    • Cualquier otro activo intangible que encaje en la definición.
  • Adquisición de bienes de equipamiento y mobiliario: como puede ser.
    • Maquinaria, bienes de equipamiento o herramientas mediante las cuales se mejore el proceso productivo.
    • Equipos y medios de transporte interno.
    • Medios de protección del medioambiente.
    • Mobiliario.
    • otros bienes de equipamiento
  • Activos pertenecientes a un establecimiento o bienes de equipo de segunda mano.

Cuantía

La inversión subvencionable tendrá un mínimo de 10.000 € y un máximo de 200.000 €. El porcentaje de inversión subvencionable podrá llegar a un máximo del 60 %.

Cada contratación indefinida inicial se subvencionará con 6.000 €.